Por Lorena Fries, Directora INDH / Publicado en El Dínamo
La discriminación hacia la diversidad sexual ha mostrado nuevamente una de sus caras más brutales. El pasado martes 7 de junio, la ciudadana Sandy Iturra, travesti cuya identidad de cédula es Mario Iturra Gamboa de 37 años, fue golpeada reiteradamente y luego lanzada a la vía pública. Hoy Sandy Iturra está internada en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar con el rostro y cráneo destrozados y un pronóstico de riesgo vital.
La discriminación y la violencia que afecta a personas con identidad de género u orientación sexual diversa no es una novedad en Chile, y así lo denunció el Instituto Nacional de Derechos Humanos en su Informe Anual 2010 al señalar que han sido objeto de “persecución y violencia”. Las organizaciones como el MUMS, Acciongay, Sindicato AFRODITA o la Organización de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad, rechazaron de manera enfática la golpiza sufrida por Sandy Iturra. Por su parte el Movilh, según información contenida en su Informe Anual 2010, señala que las denuncias por violencia a personas en razón de su orientación sexual o identidad de género, aumentaron en un 11% respecto al año 2009 (de 124 a 138 casos).
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos prohíbe a los Estados incurrir, por acción y omisión, en actos de discriminación basados en la orientación sexual o la identidad de género. El mismo día en que Sandy Iturra fue atacada a golpes, la OEA emitió su Resolución sobre “Derechos Humanos, orientación sexual e identidad de género”, la cual en su punto 2 resuelve “Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad y de género, e instar a los Estados a prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia”.
En Chile, la legislación interna no contempla una ley especial en esta materia. En el Congreso Nacional se está debatiendo un proyecto de ley contra la discriminación, texto que a pesar de las observaciones presentadas por el INDH, no contempla la identidad de género como prohibición expresa para discriminar. La incorporación de ésta tendría como consecuencia otorgar a Sandy Iturra y a toda persona trans, una oportuna y correcta protección, y un eficaz acceso a la justicia.
Del mismo modo, es de esperar que el Congreso apruebe la disposición transitoria del mismo proyecto que incorpora como agravante de responsabilidad penal el cometer un delito o participar en él motivado por un ánimo discriminatorio, como sería el caso de quienes atacaron a Sandy Iturra.
En el presente caso, la obligación del Estado es investigar y castigar a quienes hayan cometido los actos de violencia que la tienen hoy hospitalizada con riesgo vital. El debido y oportuno actuar del Estado constituiría un fuerte y claro mensaje, en cuanto a no permitir ningún acto de violencia e intolerancia hacia quienes han decidido libremente su plan de vida.
Una democracia exige el respeto hacia este libre y autónomo desarrollo del proyecto de vida que tienen las personas, y así también es reafirmado por la Constitución Política en su artículo primero. Tal respeto implica el no llevar a cabo actos (como la golpiza y el amedrentamiento de las que fue objeto Sandy) que tienen por objeto atemorizarla para no desenvolverse libremente en la sociedad. La omisión y/o pasividad del Estado ante los hechos denunciados implica la aceptación de la discriminación hacia la diversidad sexual y permitir que el día de mañana vuelva a suceder.
Columna de Lorena Fries, Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
Publicada en El Dinamo el 22 de junio 2011.